
| Tarjeta Sanitaria |
| Departamento / Organismo Autónomo Sanidad |
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Órgano gestor Dirección de Financiación y Contratación Sanitaria |
Posibilitar el acceso de los ciudadanos y ciudadanas de la CAPV a la Tarjeta Sanitaria del Departamento de Sanidad del Gobienro Vasco. Posibilitar el acceso de los ciudadanos y ciudadanas de la CAPV a la Tarjeta Sanitaria del Departamento de Sanidad del Gobienro Vasco. |
| Destinatarios/as Ciudadanos empadronados en la C.A.P.V. y con derecho a la asistencia pública en Euskadi. |
| Normativa reguladora Decreto 26/1988, de 16 de febrero , por el que se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria prestada por el Servicio vasco de salud-Osakidetza, en la C.A.P.V. a quienes carezcan de los suficientes recursos económicos y no estén protegidos por el sistema de Seguridad Social. Orden de 17 de febrero de 1988, del Departamento de Sanidad y Consumo, por la que se desarrolla el Decreto 26/1988, de 16 de febrero por el que se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria prestada por Osakidetza a quienes carezcan de los suficientes recursos económicos y no estén protegidos por el Sistema de Seguridad Social. Decreto 252/88, de 4 de octubre, por el que se implanta el uso de la tarjeta individual sanitaria, se regula la adscripción de facultativos, y se establece la edad que delimita la atención pediátrica, en Osakidetza-Servicio vasco de salud. Orden de 14 de noviembre de 1988, por la que se establece la fecha de entrada en vigor de la ampliación de la edad que delimita la Asistencia Pediátrica en los Servicios de Atención Primaria de Osakidetza-Servicio vasco de salud. |
| Personas de contacto Dirección Territorial de Sanidad de Bizkaia Marisa
Villahoz Sánchez Valeriano Fuentes Serna Tfno.: 944 031 582 Dirección Territorial de Sanidad de Gipuzkoa Koro Otegi Mendizabal Tfno.: 943 023 018 Rosa Hernández Iruretagoiena Tfno.: 943 023 032 Dirección Territorial de Sanidad de Alava Cesar Curiel Romero Tlfno.: 945-017117 Departamento de Sanidad J. Agustin Ozamiz Ibinarriaga Tlfno.: 945-019253 Asun Arrizabalaga Saracibar Tlfno.: 945-019260 |
| Documentación a aportar 1.- Formulario.
Si el titular es pensionista, será necesario que el beneficiario demuestre su convivencia. En caso de hallarse en situación de desempleo y no disponer de bienes económicos, certificado de Hacienda sobre propiedades y rentas.
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| Tasas a aplicar No hay. |
| Plazo de presentacionTodo el año |
| Lugar presentación solicitudes 1.- Centros de Salud de Atencin Primaria. 2.- Direcciones Territoriales del Departamento de Sanidad.(Unidad TIS) |
| Descripción de los trámites Los Servicios de Atención al Cliente de los centros de salud de Osakidetza-Servicio vasco de salud emitirán en el momento de la solicitud del ciudadano un resguardo provisional con una caducidad de tres meses. La Dirección Territorial del Departamento de Sanidad, como autoridad sanitaria, se encargará de reconocer el derecho a la asistencia sanitaria pública de los expendientes remitidos por los centros de atención primaria. En aquellos supuestos en los cuales no se dén las condiciones para reconocer el derecho a la asistencia sanitaria por las Direcciones Territoriales, se emitirá un documento de denegación dirigido a los solicitantes con los motivos alegados. |
| Órgano que resuelve Director Territorial de cada uno de los Territorios de la C.A.P.V. en primera instancia. |
| Plazo de resolución 1 mes. |
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Efectos del silencio Desestimatorios |
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Fín de la vía administrativa La resolución NO pone fín a la vía administrativa |
| Recursos / Reclamaciones |
| Formularios |
| Otros documentos No hay. |
| Observaciones Es un procedimiento responsabilidad de la Dirección de Financiación y Contratación Sanitaria del Departamento de Sanidad y gestionado en las tres Direcciones Territoriales. |
| Nota Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. |
| Fecha de la última modificación 04/08/2005 |