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Ciudadanía
Reintegro de gastos de prestaciones ortoprotésicas.

 

Departamento / Organismo Autónomo

Sanidad


Órgano gestor

Dirección de Farmacia


Objeto

Reintegro de gastos del prestaciones ortoprotésicas, relativas a prótesis externas, sillas de ruedas, órtesis y prótesis especiales.

Destinatarios/as

Pacientes con derecho a la asistencia sanitaria en la Comunidad Autónoma de Euskadi, financiable por del Departamento de Sanidad.

Normativa reguladora

Decreto 9/97, de 22 de enero, por la que se regula la prestación ortoprotésica relativa a prótesis externas, sillas de ruedas, órtesis y prótesis especiales.(BOPV de 12 de febrero de 1997).

Decreto 62/2000, de 4 de abril de modificación del Decreto por el que se regula la prestación ortoprotésica relativa a prótesis externas, sillas de ruedas, órtesis y prótesis especiales. (BOPV nº 82 de 3 de mayo de 2000).

Orden de 5 de septiembre de 2000, del Consejero de Sanidad por la que se aprueban el Catálogo General de Material ortoprotésico y el baremo de las condiciones socio-económicas que dan lugar al abono directo de la prestación ortoprotçesica. (BOPV nº 231, de 1 de diciembre de 2000).

Orden de 10 de octubre de 2000, del Consejero de Sanidad por la que se establecen las condiciones generales de los convenios de colaboración para la dispensación de la prestación ortoprotésica. (BOPV nº 11 de 16 de enero de 2001).

Orden de 1 de febrero de 2001, del Consejero de Sanidad, de corrección de errores de la orden, por la que se establecen las condiciones generales de los convenios de colaboración para la dispensación de la prestación ortoprotésica. (BOPV nº 32 de 14 de febrero de 2001).


Personas de contacto

En D.T. Alava: Rafael Imaz, teléfono 945-017107.

En D.T. Bizkaia: Valeriano Fuentes, teléfono 94-4031724

En D.T. Gipuzkoa: Rosa Hernandez Iruretagoiena.. Tlfno 943-023032

En Departamento de Sanidad. Dirección de Farmacia. Mercedes Ruiz Uzkiano. Tlfno. 945-019265.

Documentación a aportar

  • Documento prescrito por facultativo-a médico-a autorizado de Osakidetza o en su caso de los Servicios de Inspección del Departamento de Sanidad, adecuadamente cumplimentado.
  • Copia de la cartilla de Seguridad Social o Tarjeta Individual Sanitaria del titular y del beneficiario en su caso.
  • Factura original, sellada y firmada con expresión del código de identifcación fiscal del establecimiento dispensador autorizado en la que deberá figurar, código, composición y componentes del producto, así como plazo de garantía del mismo.

Tasas a aplicar

No tiene.

Plazo de presentacion - El documento de prestación ortoprotésica (receta) tiene validez de un mes.
- El derecho al abono prescribe al año de la adquisición.

Lugar presentación solicitudes

DIRECCION TERRITORIAL DE ALAVA
C/ Olaguibel, 38
01004 Vitoria-Gasteiz

DIRECCION TERRITORIAL DE GIPUZKOA
C/ Sancho El Sabio, 35
20010 Donostia-San Sebastian

DIRECCION TERRITORIAL DE BIZKAIA
C/ Gran Vía, 81
48011 Bilbao

Descripción de los trámites

La prescripción siempre debe ser anterior a cualquier otro trámite, y el resto de documentos necesarios se entregan en la Dirección Territorial de Sanidad o Centro Sanitario.

Recibirá una resolución favorable o desfavorable en su domicilio.

Si es favorable se realizará el ingreso del importe financiado en su cuenta.


Órgano que resuelve

Direcciones Territoriales de Alava, Gipuzkoa y Bizkaia.


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Reclamación Administrativa previa a la vía judicial laboral


Formularios

El documento de prescripción lleva información relevante en el reverso del mismo.

Otros documentos

Existe un catálogo general de material ortoprotésico que recoge todos los productos financiables y sus condiciones de prescripción (observaciones)

Existen listados con los datos de los establecimientos ortopédicos autorizados.

Ambos pueden consultarse en Servicios de Atención al Paciente o al Cliente de los centros sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud y Unidades de Ortoprótesis de las Direcciones Territoriales.


Observaciones

Este procedimiento es responsabilidad además de la Dirección de Farmacia, de las tres Direcciones Territoriales.

Sólo reciben financiación los productos adquiridos o presupuestados en establecimiento que tengan suscrito conveniode colaboración para la dispensación ortoprotésica con el Dpto. de Sanidad.

Nota


Fecha de la última modificación

03/04/2006