
Departamento / Organismo Autónomo
Sanidad
Dirección de Farmacia
Autorización de creación de sección de ortopedia en oficinas de farmacia.
Destinatarios/as
Farmacuticos titulares de oficinas de farmacia de la C.A.P.V.
Normativa reguladoraLey 11/1994 (pdf, 3.054 Kb), de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV 135; 15/07/94)
Decreto 165/2002 (pdf, 41 Kb), de 2 de julio, por el que se regulan las secciones de análisis clínicos, de ortopedia y de óptica en las oficinas de farmacia (BOPV nº 134 16/07/2002)
Orden de 17 de marzo de 1998 (pdf, 56 Kb), del Consejero de Sanidad, por la que se regulan las autorizaciones de creación, de realización de modificaciones y de funcionamiento de los gabinetes ortopédicos y ortopedias.(BOPV nº 99; 29/05/98)
Decreto 481/1994 (pdf, 30 Kb), de 27 de diciembre,por el que se establecen los requisitos técnicos y materiales de las oficinas de farmacia, así como la distribución interna de su superficie (BOPV 11; 17/01/95)
Decreto 459/1994 (pdf, 25 Kb), de 29 de noviembre,por el que se regula el procedimiento para la autorización de obras en las oficinas de farmacia (BOPV 240; 20/12/94)
Servicio de Ordenación Farmacéutica. Tlfnos: 945-019264/019267/019269.
Documentación a aportara) Acreditación de la titulación del titular o cotitular, para la atención a la sección de ortopedia.
b) Previsión justificada del personal necesario para la atención de la sección y del resto de la oficina de farmacia.
c) Memoria explicativa de la naturaleza, actividades y fines de la seccin de ortopedia.
d) Proyecto de cartera de servicios y relación del equipamiento previsto en relación con la sección.
e) En el caso de que vayan a realizarse obras, en el sentido del art. 3.1 del Decreto 459/1994, los documentos señalados en el art. 3.2. del mismo.
f) Plano de la oficina de farmacia, en el que consten, tanto todas las zonas preceptivas en virtud del Decreto 481/1994, como las zonas a las que se refiere la Orden de 17 de marzo de 1998. En dicho plano, asimismo, deber constar la superficie útil de cada una de las zonas.
g) Justificante del abono de la tasa por creación de la sección de ortopedia.
Concepto 6.1. Creación de sección en oficina de farmacia: Importe 306,52 €. a ingresar en alguna de las siguientes cuentas bancarias:
Bilbao Bizkaia Kutxa: 2095.0631.51.3239068030
Caja Laboral: 3035.0060.47.0600900359
Caja Laboral: 3035.0056.40.0560900123
DIRECTOR DE FARMACIA
Donostia-San Sebastián kalea, 1
01010 Vitoria- Gasteiz
La solicitud podrá presentarse en cualquiera de los Registros y Servicios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999.
Descripción de los trámitesSi la documentación que acompaa la solicitud resulta incompleta, se requerir al solicitante para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane la falta, advirtiéndole que, de no hacerlo, se le tendrá por desisitido en su pretensión, archivándose su expediente.
Dirección de Farmacia.
3 meses desde la fecha de solicitud, o, en su caso, desde que sea completada la documentación.
Efectos del silencioDesestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay.
Otros documentosNo hay.
No hay.
Nota
31/03/2006